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1.- TEMAS INCLUIDOS EN LA UNIDAD
BIENVENIDO.
TEMA 1.TÍTULOS DE CRÉDITO E INSTRUMENTOS FINANCIEROS EMITIDOS POR
• BANCOS
• DEPÓSITOS A PLAZO
• BONOS BANCARIOS
• BONOS BANCARIOS SUBORDINADOS
• BONOS CORPORATIVOS
• LETRAS DE CRÉDITO
• CUENTAS DE AHORRO
• CUENTA DE AHORRO A LA VISTA
• CUENTA DE AHORRO A PLAZO CON GIRO INCONDICIONAL
• CUENTA DE AHORRO A PLAZO CON GIRO DIFERIDO
• CUENTAS PARA LA VIVIENDA
• CUENTAS DE AHORRO PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR
• CUENTAS DE AHORRO PARA EL DEPORTE
• EFECTOS DE COMERCIO
• TÍTULOS DE DEUDA DE SECURITIZACIÓN
• CUOTAS DE FONDOS MUTUOS
• ACCIONES DE SOCIEDADES ANÓNIMAS ABIERTAS
• CUOTAS DE PARTICIPACIÓN DE FONDOS DE INVERSIÓN
• CERTIFICADOS DE DEPÓSITOS DE VALORES (CDV)
III. TEMA 2. TÍTULOS DE CRÉDITO E INSTRUMENTOS FINANCIEROS EMITIDOS POR SOCIEDADES COMERCIALES
• PÓLIZAS DE SEGUROS
• PÓLIZA DE VIDA
• PÓLIZAS DE SEGUROS DE RENTA NO PREVISIONAL
• CUENTAS DE CAPITALIZACIÓN INDIVIDUAL
IV. BIBLIOGRAFÍA
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2.- TEMA 1. TÍTULOS DE CRÉDITO E INSTRUMENTOS FINANCIEROS EMITIDOS POR BANCOS Y SOCIEDADES COMERCIALES.
I. Tema 1. Títulos de Crédito e Instrumentos Financieros Emitidos por Bancos y Sociedades Comerciales.
Depósitos a plazo
Son sumas de dinero entregadas a una institución financiera, para generar intereses en un período de tiempo determinado. Según la ley, el plazo mínimo que se pacte para el pago de intereses y reajustes no puede ser inferior a 7 días para depósitos no reajustables o a 90 días para depósitos reajustables, salvo aquellos depósitos que no se rijan por el sistema de reajustabilidad en UF o IVP.
Los depósitos a plazo pueden clasificarse en: depósitos a plazo fijo; depósitos a plazo renovable; y, depósitos a plazo indefinido. En los depósitos a plazo fijo la institución se obliga a pagar en un día prefijado, debiéndose devengar los reajustes e intereses sólo hasta esa fecha, los depósitos a plazo renovable, por su parte, contemplan condiciones similares a los depósitos a plazo fijo, pero con la posibilidad de prorrogar automáticamente el depósito por un nuevo período, de la misma cantidad de días, en caso de que el depositante no retire el dinero y en los depósitos a plazo indefinido no se pacta al momento de constituirlos, una fecha o plazo determinados de vencimiento, sino que la institución depositaria se obliga a la restitución en un plazo prefijado, a contar de la vista o aviso de su cliente, de manera que se pagan los intereses y reajustes devengados desde la fecha en que se entera el depósito hasta que se cumpla la fecha avisada para su retiro.
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3.- BONOS BANCARIOS
Bonos Bancarios
Es un certificado de deuda, es decir una promesa de pago futura documentada en un papel, que determina el monto, plazo, moneda y secuencia de determinados pagos. Dicho de otro modo, los bonos son una obligación que compromete al deudor a pagar una suma determinada en una fecha fija, y al abono de intereses sobre su valor nominal al porcentaje que el documento indique.
Las cuentas de obligaciones por pagar aparecen en el balance como pasivo fijo. Es un valor de renta fija. Su valor de vencimiento de la inversión conocido y constante.
Estas son obligaciones emitidas a plazos mayores de un año.
Normalmente, el comprador del bono obtiene pagos periódicos de intereses y cobra el valor nominal del mismo en la fecha de vencimiento, mientras que el emisor recibe recursos financieros líquidos al momento de la colocación.
Los hay con características especiales tales como:
• Bonos convertibles en acciones.
• Bonos convertibles en letras de crédito.
• Bonos para financiar o pagar anticipadamente préstamos hipotecarios de vivienda.
• Bonos vendidos al Banco Central para efectuar renegociaciones de sus colocaciones en moneda nacional vigentes al 31 de agosto de 1982.
• Bonos emitidos en moneda extranjera para ser colocados en el extranjero.
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4.- BONOS BANCARIOS SUBORDINADOS
Bonos Bancarios Subordinados
Son obligaciones emitidas por empresas bancarias y financieras que pueden ser incorporadas para el cómputo de su patrimonio efectivo (50%).
Adicionalmente, su vida útil no debe ser inferior a cinco años, deben ser emitidos por oferta pública, no pueden ser pagados antes de su vencimiento, ni proceder a su rescate por sorteo. En caso de situaciones de insolvencia son convertidos en acciones para capitalizar la empresa.
El artículo 68 de la Ley General de Bancos dispone que sólo los bancos estén facultados para emitir bonos subordinados, que en caso de concurso de acreedores se pagan después que sean cubiertos los créditos de los avalistas.
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5.- BONOS CORPORATIVOS
Bonos Corporativos
Son emitidos por las empresas para captar fondos que les permitan financiar sus operaciones y proyectos. Son emitidos a un valor nominal, que en la mayoría de los casos es pagado al tenedor en la fecha de vencimiento determinada. Asimismo, el monto del bono devenga un interés que puede ser pagado íntegramente al vencimiento o en cuotas periódicas, pueden clasificarse en:
• Forma de pago de intereses: nominativos, cuando el pago de los intereses se hace a la persona cuyo nombre figura en el título; con cupones si se emite uno de éstos que se corta y se presenta al cobro.
• Garantía, con hipoteca o sin ella.
• Al principal, promete el pago de cierta cantidad en determinada fecha.
• Por sorteo que pueden ser convertibles en valores de cualquier otra forma, a opción de la sociedad emisora o del tenedor.
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6.- LETRAS DE CRÉDITO
Letras de Crédito
La emisión de letras de crédito y las operaciones que los bancos pueden realizar con estos instrumentos se rigen por las disposiciones del Título XIII de la Ley General de Bancos, sin perjuicio de los demás preceptos de la misma Ley que les fueran aplicables.
Los bancos deben tener presente que la emisión de letras de crédito puede tener su origen exclusivamente en el otorgamiento de préstamos en la misma modalidad. En otros términos, el monto de las letras de crédito en circulación emitidas por un banco debe mantener un equilibrio permanente con el saldo de préstamos en letras de crédito, ya sea que la respectiva hipoteca se encuentre debidamente inscrita a su favor o que aún no se haya cumplido ese trámite.
Los tipos de instrumento más utilizados para los créditos hipotecarios son las Letras de Crédito o Hipotecarias y los Mutuos Hipotecarios, sus características más importantes son:
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7.- CRÉDITO HIPOTECARIO CON LETRAS DE CRÉDITO
Crédito Hipotecario con Letras de Crédito:
• se financia con un instrumento que emite el banco, llamado "letras hipotecarias". Éstas pueden ser transadas por el banco en la Bolsa de Valores o ser adquiridas por éste o un tercero, obteniéndose así los recursos que financian el crédito otorgado al deudor. El precio que se obtiene por la venta de estas letras varía de acuerdo a las condiciones del mercado, por lo que puede generarse una diferencia positiva o negativa entre el valor de la letra ("valor par") y el precio al que ésta se transa. En la escritura debe precisarse la parte contratante que se hará cargo o se beneficiará de esta diferencia. En caso que resulte ser el deudor, éste deberá pagar la diferencia negativa que eventualmente se produzca.
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8.- MUTUO HIPOTECARIO ENDOSABLE
Mutuo Hipotecario Endosable
• En este caso el Banco financia el préstamo con recursos propios. El solicitante del crédito recibe el monto aprobado y no se genera una diferencia como puede ocurrir en los créditos otorgados con letras hipotecarias. Este tipo de crédito puede ser transferido por parte del banco mediante endoso, el que queda registrado en la escritura pública respectiva. Sin perjuicio de lo anterior, la administración del crédito queda radicada en el banco, por lo que, el canal de comunicación del deudor para todos los efectos sigue siendo éste.
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9.- MUTUO HIPOTECARIO NO ENDOSABLE
Mutuo Hipotecario No Endosable
En este caso el Banco también financia el préstamo con recursos propios, pero a diferencia del anterior no puede ser transferido mediante endoso.
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10.- CUENTAS DE AHORRO
Cuentas de Ahorro
Son un tipo de ahorro orientado a personas que tienen la capacidad de reunir dinero en forma periódica, ya que pueden abrirse y mantenerse con bajos montos. Existen varios tipos de Cuentas de Ahorro, siendo las más conocidas las siguientes:
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11.- CUENTA DE AHORRO A LA VISTA
Cuenta de Ahorro a la vista
estas son cuentas en moneda nacional en las que el ahorrante no recibe reajustes ni intereses; pueden ser unipersonales o para varias personas. Su objetivo es el de mantener el dinero en un lugar seguro y son abiertas, tradicionalmente por entidades que requieren tener el dinero disponible para su uso en cualquier momento y además, necesitan que un tercero administre el dinero para que no esté bajo la responsabilidad de alguno de los participantes.
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12.- CUENTA DE AHORRO A PLAZO CON GIRO INCONDICIONAL
Cuenta de Ahorro a plazo con giro incondicional
Son aquellas cuentas en que el ahorrante puede girar en cualquier momento la totalidad del dinero depositado. Pueden ser reajustables o no reajustables, y permiten girar hasta seis veces en el período de doce meses, sin perder los intereses del período. Además, en el caso de las cuentas con cláusula de reajustabilidad, se puede girar hasta cuatro veces en ese período sin perder el derecho a reajustes.
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13.- CUENTA DE AHORRO A PLAZO CON GIRO DIFERIDO
Cuenta de Ahorro a plazo con giro diferido
Son aquellas cuentas en que el ahorrante sólo puede girar los dineros depositados previo aviso a la entidad bancaria con una anticipación mínima de 30 días corridos. En todo caso, los bancos pueden permitir a los titulares que sean personas naturales, retiros a la vista hasta por el equivalente a 30 UF, en cada oportunidad, siempre que cada uno de ellos se efectúe en días distintos. Pueden ser reajustables o no reajustables.
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14.- CUENTAS PARA LA VIVIENDA
Cuentas para la vivienda
debido a que el Estado de Chile otorga un subsidio para financiar la construcción o la compra de una vivienda económica nueva o usada, urbana o rural, se definió que sólo una persona que hubiera ahorrado en una cuenta de ahorro a plazo para la vivienda o en una cuenta de ahorro para arrendamiento de vivienda con promesa de compraventa podía tener derecho a recibir esa ayuda. Cada titular de una cuenta de ahorro a plazo para la vivienda debe firmar un contrato con la institución financiera depositaria que indique, entre otras cosas, que la cuenta se constituye para optar al subsidio habitacional, el monto mínimo de ahorro expresado en unidades de fomento a que se compromete el titular y plazo expresado en meses, en que se completará el monto mínimo del ahorro pactado.
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15.- CUENTAS DE AHORRO PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR
Cuentas de Ahorro para la educación superior
se trata de cuentas en las que se puede ahorrar para pagar los gastos relacionados con estudios de educación superior de la persona a nombre de quien está la cuenta. Para abrirla, el titular de la cuenta o la persona que actúe a su nombre deberá suscribir con la institución financiera respectiva, un "contrato de ahorro", en el que se indicará, entre otras cosas, el monto mínimo de ahorro anual a que se compromete y la frecuencia de los depósitos que se efectuarán para enterar ese monto. Con el dinero ahorrado, la institución financiera pagará directamente a la entidad de estudios superiores en la que el dueño de la cuenta haya obtenido crédito universitario, los valores correspondientes a matrícula y aranceles. Si no se obtiene dicho crédito, todo el dinero quedará a disposición del titular de la cuenta.
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16.- CUENTAS DE AHORRO PARA EL DEPORTE
Cuentas de ahorro para el deporte
debido a que el Estado de Chile otorga un subsidio para financiar actividades deportivas, se definió que sólo una persona que hubiera ahorrado en una cuenta de ahorro a plazo para el deporte podía tener derecho a recibir esa ayuda. Para abrirla, el titular de la cuenta deberá suscribir con la institución financiera respectiva, un "contrato de ahorro", en el que se indicará, entre otras cosas el monto del ahorro a que se compromete, de acuerdo a un monto mínimo exigido, el plazo en que se enterará dicho ahorro, la frecuencia de los depósitos que se efectuarán para enterar ese monto y el saldo promedio semestral mínimo.
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17.- EFECTOS DE COMERCIO
Efectos de Comercio
Son aquellos valores representativos de deuda emitidos a plazos no superiores a 36 meses, mediante la emisión de pagarés u otro título de crédito inscritos en el Registro de Valores que lleva la Superintendencia de Valores y Seguros.
Son Títulos de Deuda de corto plazo que se colocan y se transan en el mercado de capitales local y que permiten al cliente acceder directamente a fondos provenientes de inversionistas institucionales tales como fondos mutuos, Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP's), compañías de seguro de vida, corredoras de bolsa y otros inversionistas privados, sus características son:
• Pueden ser seriados o no en su emisión
• Pueden tener asociado línea de efectos de comercio o bonos
• Se encuentran regulados por la SVS
• Son instrumentos dentro del mercado de valores.
• Las emisiones con cargo a la línea pueden llegar hasta los 3 años, aunque frecuentemente no superan los 360 días.
• Las emisiones con cargo a la línea pueden ser en diferentes monedas, tasas (fijas/variables) y estructuras de pago.
• Legalmente requiere de sólo una clasificación de riesgo.
• Los pagos se realizan con lo recaudado en las nuevas emisiones.
• No se requiere de una escritura de emisión, únicamente es necesario la elaboración de un prospecto.
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18.- TÍTULOS DE DEUDA DE SECURITIZACIÓN
Títulos de Deuda de Securitización
La función económica de la securitización en Chile, si bien no consta explícitamente en la Ley, en un comienzo se planteó como una posibilidad de disminuir el costo de financiamiento de las viviendas en el país y fomentar el desarrollo del sector inmobiliario, transfiriéndole recursos a través de la securitización de instrumentos, tales como letras y mutuos hipotecarios.
Posteriormente, la función económica se amplió con la incorporación de nuevos activos susceptibles de ser securitizados, tales como contratos de leasing generales sobre bienes muebles e inmuebles, depósitos a plazo de bancos nacionales, bonos de la Tesorería General de la República y flujos futuros esperados provenientes de obras públicas, de obras de infraestructura de uso público, de bienes nacionales de uso público o de las concesiones de estos bienes u obras, con esto se pretendió alcanzar el logro de los siguientes objetivos económicos:
• Disminuir los costos de financiamiento de la construcción y obras de infraestructura en general, fomentando además el flujo de inversiones hacia estos sectores.
• Ampliar, la gama de posibilidades de inversión de los inversionistas institucionales del país }, particularmente Compañías de Seguros de Vida y Administradoras de Fondos de Pensiones, los cuales cuentan con un significativo nivel de recursos y alternativas limitadas de inversión en el mercado interno.
• Específicamente, a través de la securitización, se les permitió el acceso a algunos valores e instrumentos a los cuales por normativa, no podían acceder directamente.
A través de la securitización, por su naturaleza, presenta otras ventajas adicionales para el mercado chileno, que por sus características, son particularmente beneficiosas.
Entre ellas cabe destacar las siguientes:
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19.- OTORGA MAYOR LIQUIDEZ / POSIBILITA UN USO MÁS EFICIENTE DEL CAPITAL
• Otorga mayor liquidez: el originante cambia activos de escasa liquidez por otros más líquidos, como son los pagos que por sus activos le hace el vehículo securitizador.
• Posibilita un uso más eficiente del capital: habitualmente quien otorga crédito, mantiene cuentas por cobrar en su activo. Sin embargo, con la securitización se da utilidad a activos que mientras no se hicieran exigibles, no le reportarían flujos de caja.
• Permite generar rentas adicionales por las prestaciones de servicios que pueden surgir en el proceso. Por ejemplo, comisiones por conceptos de administración de los créditos.
La securitización, es una forma de financiamiento incorporada al mercado de valores chileno y que presenta interesantes perspectivas, en cuanto a su desarrollo en los próximos años.
Los distintos cambios desde el punto de vista normativo que han tenido lugar en estos últimos años, obedecen a un permanente esfuerzo legislativo a objeto de perfeccionar el proceso de securitización, enfocándose al logro de los siguientes objetivos:
• Ampliar las posibilidades de financiamiento para las sociedades.
• Disminuir los costos de financiamiento de viviendas y fomentar el sector inmobiliario del país.
• Dar mayor profundidad al mercado y al mismo tiempo conferir a los distintos inversionistas institucionales nuevas alternativas de inversión.
• Apoyar los proyectos de infraestructura.
• Entregar mayor liquidez a ciertos instrumentos ilíquidos.
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20.- CUOTAS DE FONDOS MUTUOS
Cuotas de Fondos Mutuos
Son títulos que representan la inversión de una persona natural o jurídica en un Fondo Mutuo. Las cuotas pueden estar expresadas en pesos moneda corriente nacional u otra moneda extranjera.
Los Fondos Mutuos se clasifican en:
1. Deuda de corto plazo con duración menor o igual a 90 días
2. Deuda de corto plazo con duración menor o igual a 365 días
3. Mixto
4. De capitalización
5. De libre inversión
6. Estructurado
7. Dirigidos a inversionistas calificados.
Los fondos pueden contemplar series de cuotas, que se diferencian por una característica particular y que pueden tener distintas remuneraciones y cobrar comisiones diferentes. Aunque cada serie tiene su propio valor cuota y patrimonio, la política de inversión es única para el fondo, lo que no cambia según la serie.
El fondo puede invertir en Chile y en el extranjero, según lo defina el propio
Fondo Mutuo en su política de inversiones, pudiendo tener en su cartera hasta un 100% de sus activos en títulos extranjeros.
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21.- ACCIONES DE SOCIEDADES ANÓNIMAS ABIERTAS
Acciones de Sociedades Anónimas Abiertas
Representan una parte del patrimonio de una sociedad anónima abierta. Su posesión refleja un derecho de propiedad y el control de un determinado porcentaje del total de la empresa. El total de acciones de una sociedad constituye el total del patrimonio de la misma.
Las acciones son un instrumento de inversión de capitalización y su rentabilidad es variable, porque depende de los resultados de la empresa en sus negocios, lo cual se ve reflejado en el precio al cual se pueden comprar o vender las acciones en el mercado. Además, los accionistas pueden recibir los dividendos que distribuya el emisor y en ciertas ocasiones, acciones liberadas de pago.
Respecto a los derechos que otorgan, las acciones pueden ser ordinarias o preferentes, lo que debe constar en los estatutos sociales y en los títulos respectivos:
• Las ordinarias dan a sus dueños una serie de derechos y son emitidas a plazo indefinido, que está dado por la duración de la sociedad.
• Las preferentes otorgan privilegios o preferencias respecto de dividendos, elección de directores u otras materias. Sin embargo, deben ser de plazo definido.
La administración de la sociedad en la cual se tienen acciones es ejercida por un directorio, elegido por la junta de accionistas, en la cual se debe participar al ser poseedor de acciones.
Respecto de la forma de emisión de las acciones, se distinguen entre la emisión física y desmaterializada:
• Nominativas: aquellas emitidas a nombre de un titular, cuyo traspaso requiere de un trámite formal entre el comprador y el vendedor y ser comunicado a la empresa emisora, con el fin de actualizar el registro de accionistas.
• Desmaterializadas: aquellas que el emisor acordó con una empresa de depósito de valores no emitir físicamente los títulos en depósito o susceptibles de ser depositados, aquí el emisor deberá llevar un registro por cada serie de una emisión desmaterializada que realice.
Este registro podrá llevarse por cualquier medio, siempre que ofrezca seguridad de que no podrá haber adulteraciones que puedan afectar su fidelidad.
Las bolsas de valores, con el objeto de otorgar información al mercado calculan y difunden el valor de los índices accionarios, para medir distintas variaciones de los precios de las acciones que transan, las cuales se usan como referencia para medir su evolución a través del tiempo.
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22.- ¿CÓMO FUNCIONAN LAS ACCIONES DE SOCIEDADES ANÓNIMAS ABIERTAS?
¿Cómo funcionan las Acciones de sociedades anónimas abiertas?
Al adquirir una acción se participa de las ganancias o pérdidas que puede generar el negocio de esa sociedad anónima.
Para el emisor, la emisión de acciones es una alternativa de financiamiento, que le permitirá conseguir recursos a plazos indefinidos para financiar sus proyectos.
Para el inversionista del mercado de valores, la razón básica para invertir en acciones es la obtención de una renta por un periodo de tiempo determinado. Esta ganancia esperada puede provenir de las variaciones de precios y/o dividendos (reparto de utilidades).
La utilidad (pérdida) que proviene de las variaciones de precios recibe el nombre de ganancia (pérdida) de capital, y en la mayoría de los casos es el componente principal de la rentabilidad obtenida en el mercado de acciones.
Un segundo motivo por el cual los accionistas invierten es para obtener el manejo de una compañía a través de la compra de paquetes importantes de acciones en el mercado, a través de la aplicación del derecho a voto que otorgan las acciones y por ende, influir en la administración de la empresa.
Las acciones se pueden comprar o vender cuando el inversionista lo estime conveniente. Mientras más fácil sea encontrar un comprador dispuesto a pagar un precio justo, mayor será la liquidez de la acción.
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23.- CUOTAS DE PARTICIPACIÓN DE FONDOS DE INVERSIÓN
Cuotas de Participación de Fondos de Inversión
Los fondos de inversión son patrimonios integrados por aportes de personas naturales y jurídicas para su inversión en los valores y bienes que la ley N°18.815 establece.
Estos aportes quedan expresados en cuotas de participación, nominativas, unitarias, de igual valor y características, las que no pueden rescatarse antes de la liquidación del Fondo.
Las cuotas de fondos de inversión desde un punto de vista conceptual son instrumentos de renta variable que representan una fracción del patrimonio de un fondo de inversión, es decir el comprador de una cuota o aportante pasa a ser propietario de una parte de ese fondo.
Desde el punto de vista de la administradora de fondos de inversión que emite las CFI, estas últimas permiten obtener los recursos necesarios a objeto de ser invertidos en los valores y bienes que permite la ley N° 18.815 y el reglamento interno del fondo, en tanto que desde el punto de vista del aportante, las cuotas son una alternativa de ahorro a corto, mediano o largo plazo, o bien a plazo indefinido, según sean las razones que motivan su compra.
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24.- CARACTERÍSTICAS DE LOS CFI EN TÉRMINOS DE LA LIQUIDEZ, EL RETORNO Y EL RIESGO
Características de los CFI en términos de la liquidez, el retorno y el riesgo
• Liquidez: la liquidez de una CFI está relacionada con la mayor o menor rapidez con que un inversionista cualquiera puede comprar o vender este instrumento, conservando el precio de mercado.
• Retorno: el retorno o rentabilidad de una CFI proviene de los dividendos percibidos y de las ganancias de capital que generan las diferencias de precios entre el momento de compra y venta.
Los dividendos dependen de las utilidades que obtenga el fondo y en la medida que éstos sean positivos y permanentes, el aportante podrá disponer de un flujo estable de dividendos en el tiempo. A diferencia de las sociedades anónimas los fondos de inversión deben distribuir anualmente como dividendos, a lo menos, un 80% de los beneficios netos percibidos durante el ejercicio, entendiéndose por beneficios netos a la cantidad que resulte de restar a la suma de utilidades, intereses, dividendos y ganancias efectivamente percibidas, el total de pérdidas y gastos devengados en el período.
• Riesgo: los precios de las CFI son esencialmente variables, pudiendo subir o bajar de acuerdo al comportamiento de una serie de factores de índole político, económico, financiero, etc. Mientras más alto sea el riesgo que se asuma, mayor será el retorno que se deba exigir, es decir, altos riesgos son penalizados con tasas de rendimiento exigidas también altas.
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25.- CERTIFICADOS DE DEPÓSITOS DE VALORES (CDV)
Certificados de Depósitos de Valores (CDV)
Son títulos transferibles y nominativos, emitidos en Chile por un depositario de valores extranjeros contra el depósito de títulos homogéneos y transferibles de un emisor extranjero. Para ser ofrecidos públicamente, los CDV deberán inscribirse en el Registro de Valores Extranjeros.
Se entenderán comprendidos dentro del concepto de valores extranjeros, los certificados de depósito representativos de valores chilenos inscritos en el registro de valores, emitidos en el extranjero. Los CDV podrán canjearse o convertirse en su equivalente a valores extranjeros, así como estos últimos a aquéllos, de acuerdo al contrato de depósito de valores extranjeros suscrito entre el emisor y el depositario de valores extranjeros o, en su caso, de acuerdo al reglamento interno correspondiente.
Los Certificados de Depósito de Valores (CDV's) representativos de valores extranjeros, los cuales deberán ser susceptibles de ser ofrecidos públicamente en los mercados de valores del país del emisor o en otros mercados de valores internacionales.
La inscripción de los CDV's sólo podrá realizarse cuando el emisor originario de los valores esté inscrito en la entidad supervisora o reguladora competente de su país de origen o de otro país donde se transen efectivamente sus valores.
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1.- III. TEMA 2. TÍTULOS DE CRÉDITO E INSTRUMENTOS FINANCIEROS EMITIDOS POR SOCIEDADES COMERCIALES
III. Tema 2. Títulos de Crédito e Instrumentos Financieros Emitidos por Sociedades Comerciales
Pólizas de Seguros
Es un contrato entre un asegurado y una compañía de seguros, que establece los derechos y obligaciones de ambos, en relación al seguro contratado.
Existe una gama muy amplia de riesgos a asegurar, por lo tanto, lo primero que se debe hacer antes de tomar un seguro, es informarse detalladamente de las características del producto, de modo de determinar con precisión los riesgos cubiertos y las exclusiones existentes. Una vez aceptada la propuesta, se emite la póliza propiamente tal.
Póliza de Vida
Un seguro de vida nos da la tranquilidad de saber que en caso de que faltemos, la aseguradora entregará cierta cantidad de dinero a nuestros beneficiarios. Es muy importante destacar que debemos contratar nuestro seguro en base a nuestras necesidades personales, es decir, si estamos casados, si tenemos hijos, si nuestros padres dependen de nosotros, si tenemos deudas, etc. Por ejemplo, si tenemos hijos, es conveniente tener una póliza que garantice que puedan seguir estudiando hasta terminar su carrera y ser independientes.
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2.- PÓLIZAS DE SEGUROS DE RENTA NO PREVISIONAL
Pólizas de seguros de renta no previsional
Es una modalidad de pensión que otorga una renta mensual fija, desde el momento en que se suscribe el contrato (Renta Vitalicia Inmediata) o a partir de un período establecido (Renta Vitalicia Diferida) hasta el fallecimiento del afiliado, incluyendo el pago de pensiones de sobrevivencia a los beneficiarios legales.
Es el contrato mediante el cual una Compañía de Seguros paga una pensión a cambio de recibir el saldo acumulado en una cuenta individual.
El importe de esta pensión se calculará tomando en cuenta, e l saldo de la cuenta individual después de descontar la cantidad necesaria para la contratación de un Seguro de Sobre vivencia a favor de los beneficiarios del contratante, la edad del afiliado y la de sus beneficiarios, la tabla de mortalidad y la tasa de rentabilidad esperada.
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3.- LOS OBJETIVOS DE PÓLIZAS DE SEGUROS DE RENTA NO PREVISIONAL
Los objetivos de Pólizas de seguros de renta no previsional, son:
• Garantiza una pensión viable financieramente, ya que ésta incrementa anualmente de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor.
• Asegurar la plena propiedad y control del mismo sobre sus ahorros.
• Proteger el flujo de ingresos de un trabajador y su familia.
El flujo de ingresos presente o futuro de una familia puede verse interrumpido por diversos acontecimientos:
La edad avanzada, muerte prematura, los accidentes y las enfermedades que incapacitan para seguir con las actividades productivas, por lo que esta es una buena opción para protegerse ante esos imprevistos.
Los sistemas de pensiones tienen como propósito que los trabajadores tengan al momento de retirarse de la vida activa laboral, los recursos monetarios suficientes que les permitan alcanzar cierto nivel de consumo.
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4.- CUENTAS DE CAPITALIZACIÓN INDIVIDUAL
Cuentas de Capitalización Individual
Es un sistema de ahorro personal para la vejez.
Como estrategia para prevenir la incapacidad laboral que produce la vejez, el sistema se distingue del régimen de reparto público en que mientras éste último está organizado a partir de un mecanismo en que los trabajadores activos financian a los pasivos, el sistema de capitalización está apoyado en un mecanismo de ahorro individual en cuentas personales de retiro. En efecto, bajo este sistema los cotizantes traspasan mes a mes un porcentaje de sus ingresos a una cuenta individual que es de su propiedad, administrada por una empresa privada que invierte tales recursos en diversos instrumentos financieros, los cuales están determinados y regulados específicamente por la ley, con el fin de incrementar el monto acumulado por el individuo a través del interés compuesto (es decir, ganar todos los meses, interés por sobre interés), de manera de que éste pueda optar a mejores condiciones de pensión al momento de la jubilación.
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IV. BIBLIOGRAFÍA
IV. Bibliografía
• MOCHÓN, F. Y BEKER, A., Economía. Principios y aplicaciones McGraw Hill, (1997)
• CUADRADO ROURA, J.R. Política económica. Objetivos e instrumentos. McGraw Hill, (2000).
• SAMUELSON, P. y NORDHAUS, W. Economía. McGraw Hill, (2006).
• FOJ CANDEL, José Felipe; y otros. Economía. 1º Bachillerato. Algaida, (2008)
• FRANCH PARELLA, Jordi. Economía 1º Bachillerato. Unión Editorial, (2012)